Alberto Contador no pudo ser más claro en la rueda de prensa que ofreció ayer en Pinto tras conocer la sanción que le ha impuesto el TAS por el supuesto positivo que dio en el Tour de 2010. Se siente condenado sin que nadie haya conseguido probar su culpabilidad. De hecho, la resolución de los tres jueces del TAS reconoce que no ha quedado acreditada la culpabilidad de Contador, aunque le condenan a la máxima sanción sobre la base de que el artículo 21 de la Unión Ciclista Internacional (UCI) dice que “es un deber de cada ciclista asegurarse de que no consume ninguna sustancia prohibida, aunque sea sin intención”. Estas cuatro últimas palabras son la razón para cuestionar, no la sentencia contra Contador, sino la norma en la que está fundamentada. Una norma que establece que el sospechoso es culpable, mientras no consiga demostrar su inocencia. Al establecer el principio de presunción de culpabilidad para los ciclistas profesionales, el reglamento de la UCI vulnera…